Manifestaciones de Impacto Ambiental

¿Qué es la manifestación de Impacto Ambiental?

La manifestación de Impacto Ambiental (MIA), es un documento integrado con base en estudios técnico-científicos que se presenta ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con la finalidad de obtener la autorización para realizar obras o actividades susceptibles a generar afectaciones en el medio. 

Se trata de un instrumento de política ambiental en el que se describen las condiciones ambientales del sitio o la región anteriores al desarrollo de un proyecto, la vinculación de las obras y actividades a realizar con el Marco Jurídico vigente, la identificación de los impactos ambientales, así como la propuesta de las medidas de mitigación, prevención que minimicen los efectos negativos y el pronóstico de escenarios posteriores a la ejecución de dichas acciones.        

Ley ambiental en mexico 

    

La evaluación se lleva a cabo en apego a Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, Leyes ambientales estatales, el Reglamento de esta Ley en materia de evaluación de impacto ambiental y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, según corresponda la competencia jurídica.

SEMARNAT

 

 

 

Exención de la presentación de la Manifestación de Impacto Ambiental 

¿Para que sirve una exención?

    

Para la realización de ampliaciones, modificaciones, sustitución de infraestructura, rehabilitación y el mantenimiento de instalaciones relacionadas con las obras y actividades, demostrando que su ejecución no causará desequilibrios ecológicos ni rebasará los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas relativas a la protección al ambiente y a la preservación y restauración de los ecosistemas en la zona de influencia directa de un proyecto, en virtud de su ubicación, dimensiones, características o alcances se solicitará la exención de Manifestación de Impacto Ambiental.

SEMARNAT

 

 

Informes Preventivos

¿Cuándo se debe presentar un informe preventivo?

Cuando se pretenda llevar a cabo alguna obra o actividad regulada mediante alguna Norma Oficial Mexicana, proyectos previstos en un programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico, se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales previamente autorizados por la Secretaría, en los términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento; se elaborará un Informe Preventivo para obtener su autorización.

SEMARNAT

 

 

 

¿Qué es un informe preventivo?

Un Informe Preventivo de IA (IPIA); es un documento mediante el cual se dan a conocer los datos generales de una obra o actividad, para efectos de determinar si se encuentra en los supuestos señalados por el artículo 31 de la Ley o requiere ser evaluada a través de una manifestación de impacto ambiental.

 

 

 

Supervisión ambiental 

 ¿Qué es un programa de seguimiento y control ambiental?

 

 

Es la elaboración y seguimiento a Programas Ambientales, adaptados e integrados a las características y requerimientos de cada proyecto, valorando los componentes del medio ambiente que serán objetos de medición y control. La supervisión ambiental de un proyecto tiene por finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones ambientales relevantes que originaron la Manifestación de Impacto Ambiental. El objetivo principal es respaldar la implementación satisfactoria de las medidas de mitigación, prevención y compensación propuestas para compensar las posibles afectaciones ambientales. 

Nuestros servicios incluyen el diseño y ejecución de Programas Ambientales, completamente adaptados e integrados a las características y requerimientos de cada proyecto, valorando los componentes del medio ambiente que serán objetos de medición y control.

 

 

  • Programa de vigilancia ambiental

  • Programa de monitoreo de la línea de costa

  • Programa de mantenimiento y reforestación de duna costera

  • Programa de monitoreo y recuperación de sitios de disposición de arena

  • Programa de reubicación de fauna marina de lento desplazamiento

  • Programa de contingencia ambiental

  • Programa de colocación de arrecifes artificiales

  • Programa de acciones para la protección de pastos marinos

 

SEMARNAT, PROFEPA

Contingencia por arribo de Sargazo

  Sargazo en el Caribe mexicano

Ofrecemos Asesoría técnica para la elaboración del escrito libre en cual se describan las actividades a realizar para las acciones relacionadas con la colocación de barreras para la contención, retiro o remoción de sargazo en la playa y su notificación a SEMARNAT en un periodo no mayor a siete días naturales posteriores al inicio de su implementación, en apego a los Lineamientos Técnico y de Gestión para la Atención de la Contingencia Ocasionada por Sargazo en el Caribe Mexicano y Golfo de México.

Se llenará un reporte en línea para que la autoridad cuente con datos de cantidad, ubicación, y situación general de la colecta que permitan diseñar mejores protocolos para la atención de esta problemática.